Ecuadorenlinea2020
Emitida el 21 de diciembre de 2020 mediante RO 354
Bolsas
o fundas hechas de material plástico.
Envases plásticos desechables y fabricados de poliestireno expandido, extruido o en espuma.
Sorbetes, agitadores, cubiertos, tarrinas, vasos, tapas y platos, de cualquier tamaño, desechables y de material plástico.
Botellas
plásticas fabricadas con PET;
y, otros no reciclables.
(Istok_foto2022).
La comercialización y uso de bolsas y envases de plástico de un solo uso para bebidas y alimentos, en área que son parte del sistema Nacional de Áreas Protegidas.
El uso de bolsas o envoltorios de plásticos de un solo uso para información dirigida a consumidores, usuarios o ciudadanos en general.
La fabricación e importación para el consumo interno, distribución, comercialización, entrega y uso de sorbetes plásticos de un solo uso.
Bolsas plásticas de un solo uso de acarreo, que no contengan el porcentaje mínimo de material reciclado postconsumo en su composición.
Bolsas y artículos de plástico de un solo uso que incluyen aditivos que catalizan la fragmentación de dichos materiales en microplásticos.
Recipientes o envases y vasos que provengan del EPS, para alimentos y bebidas de consumo humano que no contengan el mínimo porcentaje de material reciclado posconsumo.
Bolsas, envoltorios de plástico de un solo uso, cuya fabricación no contenga el porcentaje mínimo de material reciclado postconsumo en su composición.
Platos, vasos y otros utensilios y vajillas de plástico de un solo uso, que no sean reciclables ni reutilizables y cuya fabricación no contenga el porcentaje mínimo de material reciclado postconsumo en su composición
La comercialización y uso de bolsas y envases de plástico de un solo están PROHIBIDOS en las ÁREAS PROTEGIDAS del país.
Imagen: Ecuadorenlinea 2020
OBLIGACIONES
Todas las bolsas, envases y productos de plástico que se comercialicen en el territorio nacional deben contar con la incorporación del siguiente material reciclado postconsumo:
Reglamento
General a la Ley Orgánica para Racionalización Reutilización y Reducción de
Plásticos
de Un Solo Uso
Sexto Suplemento al Registro Oficial No. 459 de 26 de mayo de 2021
Conoce más sobre los impactos de la contaminación plástica.
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